- Diligencia debida#
- Son las medidas de control relativas a la identificación formal de los clientes y al seguimiento continuado de la relación de negocios que deben adoptar, entre otras, las SGIIC, para prevenir las conductas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Dichas medidas serán más o menos laxas en función del nivel de riesgo asignado al cliente.