Ideas para pagar menos impuestos como inversor en tu Renta 2020

Actualidad financiera
por Amparo Simón
09 de diciembre, 2020

Todavía queda un poco de tiempo para reducir tu factura por tu Renta 2020. Tienes hasta el 31 de diciembre para hacerlo y aquí te dejamos algunas ideas para optimizar tus impuestos como inversor.

Transmisión de activos

Si vas a transmitir algún activo por el que obtendrás una plusvalía superior a € 200.000, te conviene venderlo antes de que finalice el año, pues este año te será menos lesivo. A partir de 2021 pagarás 3 puntos más, es decir, un 26%.

Lo mismo pasa con los socios de las sociedades que estén pensando en retirar beneficios por la vía del reparto de dividendos, devolución de la prima de emisión o por reducción del capital. Si la cuantía va a superar los € 200.000 convendría que estas operaciones se realizarán en 2020.

Planes de pensiones

Este es el último año en el que puedes aportar más de € 2.000 a planes de pensiones individuales. A partir de 2021 el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que suscriban primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente, no podrán exceder de € 2.000 anuales (actualmente € 8.000).

Además, la aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se reduce de € 2.500 a € 1.000.

Rescate

Al invertir en un plan de pensiones se retrasa el pago del impuesto hasta el momento del rescate. Hasta que no sacas el dinero no tributas por él y cuando lo haces se le considera rentas del trabajo.

No estás obligado a rescatar el plan de pensiones de forma inmediata en cuanto te jubilas. Si lo haces una vez estés cobrando tu pensión pública de jubilación seguramente pagarás menos impuestos porque, por lo general, tu base imponible será menor en ese momento porque lo habitual es que tu pensión sea inferior a lo que cobrabas cuando tenías un salario.

No obstante, si te estás planteando rescatar tu plan de pensiones debes saber que si lo rescatas en forma de capital, puedes disfrutar de una reducción del 40% sobre las prestaciones correspondientes a las primas satisfechas antes del 31 de diciembre de 2006. En cambio, si lo rescatas en forma de renta, no podrás aplicar la reducción.

Estos son los plazos para solicitar la reducción:

  • Si te jubilaste antes de 2010: el plazo terminó en 2018.
  • Si te jubilaste entre 2011 y 2014: el plazo es de 8 años.
  • Si te jubilaste a partir de 2015: el plazo es de dos años.

Si rescatas el plan en forma de capital en dos años distintos, en un año por desempleo de larga duración y en otro año por la jubilación, podrás aplicar la reducción si cumples los requisitos.

Si percibes prestaciones en forma de capital por la misma contingencia en más de un período impositivo, solo puedes aplicar la reducción en uno y escoges tú el periodo. Si dispones de más de un plan de previsión social, y los rescatas todos en el mismo ejercicio por la misma contingencia, podrás aplicar la reducción a la totalidad.

Si percibes las prestaciones en forma mixta, podrás identificar cuáles son las prestaciones que se corresponden a la parte de renta y cuáles a la de capital, pudiendo aplicar la reducción solo a las de capital cuya aportación fuera anterior al 31 de diciembre de 2006.

Si te jubilas activamente (compaginas jubilación y actividad laboral) y rescatas se entiende que te jubilas en el momento en que rescatas. Por el contrario, si no rescatas durante tu jubilación activa, se entiende que te jubilas cuando concluye tu relación laboral y accedes a la jubilación total.

Si tienes derecho al régimen transitorio aplicable a las prestaciones de contratos de seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones (DT 11ª de la Ley del Impuesto), y ha tenido lugar la renovación anual de la póliza, debes tener en cuenta que esto se considera como una "prórroga del contrato de seguro colectivo inicial", que permite mantener su fecha de contratación, de manera que podrás seguir disfrutando de la reducción correspondiente en el momento del cobro de la prestación.

Traspasos entre fondos de inversión

Si traspasas tu dinero de un fondo de inversión a otro no pagarás impuestos mientras el dinero permanezca invertido.

Solo lo puedes hacer si eres persona física residente en España y los fondos deben cumplir la normativa UCITS, es decir, ser traspasables sin impacto fiscal. Se puede aplicar también en traspasos entre SICAVS y fondos, siempre que la SICAV tenga al menos 500 partícipes y el accionista que traspasa no posea más de un 5% del capital de la SICAV.

Este diferimiento fiscal te hace ganar dinero porque sube tu rentabilidad y, por lo tanto, tus beneficios. Ganas más dinero porque los beneficios que tienes anualmente se van reinvirtiendo. Y es ahí donde se aplica la magia del interés compuesto.

Hasta aquí las ideas para inversores, pero puedes ver todas las recomendaciones del Consejo General de Economistas para rebajar la factura por la Renta 2020 pulsando aquí.

¿Tienes alguna duda? Pulsa aquí y pregúntanos.

La información difundida en este blog tiene una finalidad únicamente divulgativa. Cada persona es responsable de su política de inversión y Finletic no asume ninguna responsabilidad sobre sus acciones. La información está actualizada de acuerdo a la fecha que indica cada artículo.

Prueba nuestro simulador

Descubre cómo debes ahorrar para tu jubilación

FINLETIC CAPITAL SGIIC, SA, con CIF A-87878823, está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 35.927, folio 151, sección 8ª, Hoja M-645541 y en el registro de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el nº 257.

La inversión en instrumentos financieros conlleva riesgos financieros que deben ser valorados por los clientes antes de su contratación. Finletic incluirá en su cartera únicamente productos adecuados a su perfil de riesgo. A tal efecto, Finletic obtendrá la información necesaria sobre los conocimientos y experiencia del cliente, sobre la situación financiera y sobre los objetivos de inversión de aquel, con la finalidad de que la entidad pueda diseñar la política de inversión que más se adecue a sus intereses. No obstante, el precio o valor de una inversión depende de las fluctuaciones de los mercados financieros, que están fuera de nuestro control. Los inversores han de ser conscientes de que la rentabilidad histórica de cualquier inversión no constituye garantía de resultados futuros y, en función del tipo de inversión, puede ocurrir que el inversor pierda parte o la totalidad del capital. Si tiene alguna duda sobre los riesgos que comporta su inversión le invitamos a consultar el apartado FAQ de nuestra web y, si aún así tiene alguna pregunta sobre los riesgos de su inversión, puede ponerse en contacto con nuestros profesionales a través de cualquiera de los canales que encontrará en la sección Contacto.

© Finletic 2016 - 2024. Todos los derechos reservados.
Política de Privacidad y Aviso Legal / Política de cookies

chat